El estado de Wyoming aprobó una Ley denominada “Decentralized Unincorporated Nonprofit Association Act ” (DUNA Act) que crea una nueva forma legal para organizaciones que pretenden funcionar en clave descentralizada bajo el marco de una asociación sin ánimo de lucro.
Es una norma interesante que están valorando adoptar iniciativas como UNISWAP (que han llamado DUNI a la entidad) y otras como Syndicate Network ya han anunciado que se han constituido conforme a sus previsiones.
Con esta regulación, y cumpliendo una serie de requisitos, como el del número de miembros (mínimo 100), se reconoce en la práctica la personalidad jurídica de la DAO, de forma que se les permite celebrar contratos con terceros, abrir cuentas bancarias, así como poseer y gestionar bienes relacionados con las DAO, como bienes inmuebles, propiedad intelectual e industrial, desarrollos, infraestructura, ejercicio de acciones judiciales, etc.
Nomenclatura
El nombre de la ley es “Decentralized Unincorporated Nonprofit Association Act” (conocida como ley DUNA), que podemos traducir por "Ley de asociaciones sin ánimo de lucro descentralizadas y no registradas”.
La expresión unincorporated se refiere a una entidad o agrupación de personas que opera sin haberse constituido formalmente como una persona jurídica independiente y diferenciada de sus miembros, por lo que carece de personalidad jurídica. Digamos que no le van a dar un NIF. Y si la entidad provocara daños, responderían sus miembros directamente.
Quizás la traducción más adecuada de Unincorporated sea “sin personalidad jurídica”, pero prefiero “no registrada”, pues me parece más acertada, dado que la norma permite a estas entidades hacer cosas que, conforme a nuestra tradición, se corresponden con nuestro concepto de personalidad jurídica.
La ley altera en cierta medida el régimen aplicable a las entidades “unincorporated” de forma que, si cumplen los requisitos de la Ley, se verán beneficiadas para poder hacer cosas que de otra manera no podrían, concediéndoles unas facultades que se acercan a la personalidad jurídica como la conocemos por aquí.
A la hora de definir lo que se entiende, a los efectos de la Ley, por una "Decentralized unincorporated nonprofit association" (DUNA) o, abreviando, "nonprofit association", establece unos requisitos que han de cumplir estas entidades, como haber elegido constituirse conforme a la Ley y contar con al menos 100 miembros.
Facultades
Las facultades que se les conceden a las DUNAs suponen atributos que en el ordenamiento jurídico español definen la personalidad jurídica, tales como:
Entidad legal separada de sus miembros: El artículo 17-32-107(a) establece explícitamente que la asociación es una "entidad legal separada de sus miembros" a efectos de determinar y exigir derechos y obligaciones contractuales y extracontractuales.
Responsabilidad limitada: Los apartados (b) y (c) del mismo artículo 17-32-107 protegen a los miembros de la responsabilidad personal por las deudas (contractuales o extracontractuales) de la asociación, un rasgo distintivo de las entidades con personalidad jurídica propia.
Titularidad de bienes y derechos: El artículo 17-32-105(a) les concede la capacidad de "adquirir, poseer, gravar o transferir un patrimonio o interés en bienes muebles o inmuebles en su propio nombre".
Capacidad procesal: El artículo 17-32-108(a) les permite "iniciar, defender, intervenir o participar en un procedimiento judicial, administrativo o gubernamental de otro tipo" en su propio nombre.
Efecto de las sentencias: De forma concluyente, el artículo 17-32-109 indica que una sentencia contra la asociación "no es por sí misma una sentencia u orden contra un miembro o administrador".
Por lo tanto, la legislación de Wyoming configura las "Decentralized Unincorporated Nonprofit Associations" como entidades con una personalidad jurídica funcionalmente equivalente a la que conocemos en España, ya que son sujetos de derecho con capacidad de obrar, patrimonio propio y responsabilidad limitada para sus miembros.
Prohibición de reparto de beneficios
No obstante, estas entidades tienen sus limitaciones y la norma prohíbe pagar dividendos, distribuir parte de sus ingresos o ganancias a sus miembros o administradores o personas fuera de la entidad.
Sí permite, en cambio, pagar una compensación razonable o reembolsar gastos razonables a sus miembros, administradores y personas ajenas a la asociación sin fines de lucro por los servicios que presten. Y aquí el problema lo veo en el concepto de “razonable”. No me queda claro quién es el encargado de supervisar esa “razonabilidad” de las compensaciones y gastos.
Aparte de estas “compensaciones”, también permite recomprar participaciones de membresía, así como realizar distribuciones de propiedad a los miembros en caso de liquidación y terminación de la asociación.
Uso de tecnologías de registro distribuido (Distributed Ledger Technology, DLT)
El artículo 17-32-121 es una de las disposiciones más importantes de la ley, ya que constituye el puente entre la estructura jurídica de la asociación y su operativa tecnológica, especialmente relevante para las Organizaciones Autónomas Descentralizadas (DAOs). Este precepto se puede entender como la habilitación legal expresa para que una DUNA funcione de manera descentralizada y gobernada fundamentalmente por código informático. A continuación resumimos sus puntos principales
1. Habilitación General para la Gobernanza Tecnológica (Apartado a)
(a) A decentralized unincorporated nonprofit association may provide for its governance, in whole or in part, through distributed ledger technology, including smart contracts.
De este apartado podemos extraer las siguientes consecuencias:
Reconocimiento Legal Expreso: La ley no se limita a permitir de forma tácita el uso de DLT , sino que lo autoriza explícitamente como un medio válido para la gobernanza, lo que otorga una seguridad jurídica fundamental a las operaciones que hacen uso de esta tecnología..
Flexibilidad ("in whole or in part"): La norma es flexible. Permite que la gobernanza sea completamente tecnológica (100% on-chain) o híbrida, combinando elementos tecnológicos con mecanismos de decisión tradicionales. Esto permite a las organizaciones adaptarse a sus necesidades específicas.
Validación de los Smart Contracts: Menciona específicamente los "smart contracts" (contratos inteligentes) como herramienta de gobernanza. Al hacerlo, la ley reconoce que el código auto-ejecutable puede implementar y hacer cumplir las reglas de la asociación, dotando a sus resultados de fuerza vinculante.
En la práctica, esto significa que una votación realizada y ejecutada a través de un contrato inteligente tiene la misma validez legal que una votación registrada en el acta de una junta directiva tradicional.
2. Autonomía para Definir las Reglas Tecnológicas (Apartado b)
(b) The governing principles for a decentralized unincorporated nonprofit association may: [...]
Este apartado otorga a la propia asociación la potestad de definir, en sus "principios rectores" (governing principles), cómo se implementará la tecnología. Esto es crucial para la autonomía de la organización.
Control sobre las Características de la DLT (Subapartado b.i):
La asociación puede especificar si su registro distribuido será inmutable o modificable.
Puede definir si será público o privado y en qué grado.
Esto permite a los fundadores y miembros diseñar un sistema que se ajuste a sus requerimientos de transparencia, confidencialidad y flexibilidad. Por ejemplo, una DUNA podría optar por un registro privado para proteger la identidad de sus miembros, pero con mecanismos de auditoría.
Adopción de Procedimientos de Votación (Subapartado b.ii):
Este punto detalla los asuntos que pueden ser gestionados mediante votaciones basadas en contratos inteligentes. La lista es amplia y cubre los aspectos esenciales de la vida de una DAO:
(A) Propuestas de mejoras o modificaciones de software y protocolos.
(B) Propuestas de cambio a los propios principios rectores.
(C) Cualquier otro asunto de gobernanza o actividad de la asociación.
Esta redacción tan abierta asegura que prácticamente cualquier decisión relevante para la DUNA pueda ser sometida a un proceso de votación on-chain, desde una actualización técnica hasta la aprobación de un nuevo proyecto.
Implicaciones Jurídicas Fundamentales
Seguridad Jurídica para la Gobernanza "On-Chain": El principal efecto de este artículo es eliminar la incertidumbre legal sobre la validez de las decisiones tomadas y ejecutadas por código. Las acciones de la DUNA, cuando se realizan conforme a sus principios rectores basados en DLT, están amparadas por la ley.
Fuerza Vinculante de los Principios Rectores Codificados: Los "governing principles" no son solo un documento escrito. Pueden ser, en parte o en su totalidad, el propio código de los contratos inteligentes que rigen la DAO. Este artículo les confiere fuerza de ley interna para la asociación.
Consolidación de la Personalidad Jurídica Funcional: Como vimos anteriormente, la ley otorga a la DUNA la condición de "entidad legal separada". Este artículo 17-32-121 complementa esa idea al establecer el mecanismo a través del cual esa entidad legal toma sus decisiones y actúa.
Valoración final
La "Wyoming Decentralized Unincorporated Nonprofit Association Act" representa un avance legislativo de notable calado, al configurar un marco jurídico específico que dota de personalidad jurídica funcional a entidades descentralizadas sin ánimo de lucro. Esta aproximación ofrece una seguridad jurídica esencial para el desarrollo de nuevas formas organizativas en el ámbito digital, reconociendo la validez de la gobernanza mediante tecnología de registro distribuido y contratos inteligentes. No obstante, la efectividad y el alcance real de esta innovadora regulación habrán de ser objeto de una atenta observación en su aplicación práctica, pues será en la casuística concreta y en la interpretación judicial donde se revelarán los desafíos inherentes a la integración de estos nuevos modelos en el tráfico jurídico. Autores como Preston Byrne o Gryphonboy, ponen de manifiesto que esta norma supone importantes desafíos interpretativos para tribunales y abogados en los próximos años. Hay personas, como Swen Werner , que van más allá y sostienen que el modelo de gobernanza que impone la norma desafía las reglas fundamentales de los sistemas descentralizados y destruye los principios que hacen posible la descentralización, concluyendo que el resultado no es la libertad, sino la fragmentación, que conduce al estancamiento y al caos.
Habrá que ver cómo evoluciona la aplicación de la Ley.